Te dejo un enlace a asesores próximos a Alicante, para que contactes con ellos para la posibilidad de estudiar la viabilidad del negocio y coste de locales.
También a un artículo sobre la rentabilidad de los negocios, donde podrás más encontrar más información relacionada.
En esos casos es muy importante estudiar en profundidad el contenido de esos contratos y lo que en ellos se hubiera pactado. En primer lugar, habría que revisar qué tipo de cláusulas se han acordado.
Es por eso que seguramente puedas necesitar ayuda más personalizada. Para ello, te recomiendo que acudas a alguno de nuestros expertos de nuestro listado de asesores próximos a tu localidad.
Si vas a ser la titular del negocio, a realizar labores de dirección o administración de la sociedad, o a trabajar en esa actividad por cuenta propia, sí que vas a tener que darte de alta en el Régimen Especial de Autónomos de la Seguridad Social.
Aunque desempeñes otro trabajo en un régimen distinto de la S.S. (como por ejemplo en Régimen General), deberás también cotizar, con carácter general, como trabajadora autónoma por esta actividad de apartamentos turísticos rurales.
A la hora de montar un negocio es importante que observes la diversa normativa que vas a necesitar para obtener la licencia de tu actividad de camping.
La normativa sobre distancia mínima del mar lo regula la Ley 2/2013, de 29 de mayo, de protección y uso sostenible del litoral y de modificación de la Ley 22/1988, de 28 de julio, de Costas.
Sobre los campings de la Comunidad Valenciana existe regulación propia en el Decreto 6/2015 para campings y áreas pernocta en tránsito autocaravanas.
Pueden existir también otras limitaciones a nivel local, que deberás consultar en tu ayuntamiento.
Si necesitas ayuda profesional más específica para la apertura de tu negocio, puedes acudir a nuestro registro de asesorías en tu comunidad.
Entre los requisitos para el acceso al subsidio para mayores de 52 años está el haber cotizado al menos 15 años a la Seguridad Social, de los cuales 2 entre los últimos 15, y tener como mínimo 6 años de cotizaciones por desempleo en el régimen general.
Habría que ver detalladamente el alcance y contenido del convenio iberoamericano aplicable en tu caso. Aunque es posible que únicamente compute el periodo cotizado en España.
Te recomiendo, no obstante, que plantees tu caso directamente en las oficinas del SEPE o consultes con alguno de nuestros asesores próximos a tu localidad, de forma que pueda estudiar tu caso de forma más concreta.
Aunque ha habido rumores de modificar el Estatuto de Trabajadores Económicamente Dependientes, por el momento no ha habido ningún cambio.
Para ser considerado TRADE los requisitos son: ser trabajador por cuenta propia, y realizar una actividad económica para una tercera persona de la que perciba al menos el 75% de sus ingresos. Cumpliendo esas premisas, no debería haber ningún problema.
A lo largo de los últimos meses, el Partido Socialista y Podemos han expresado su intención de reducir al 95% la exención del 100% en la doble imposición de dividendos de filiales extranjeras de empresas españolas.
Pero, por el momento no se ha producido ningún cambio legal, por lo que la situación continúa como en 2019.
Fernando
Buenos días, Nancy:
Te dejo un enlace a asesores próximos a Alicante, para que contactes con ellos para la posibilidad de estudiar la viabilidad del negocio y coste de locales.
También a un artículo sobre la rentabilidad de los negocios, donde podrás más encontrar más información relacionada.
Saludos.
Fernando
Buenos días:
En esos casos es muy importante estudiar en profundidad el contenido de esos contratos y lo que en ellos se hubiera pactado. En primer lugar, habría que revisar qué tipo de cláusulas se han acordado.
Es por eso que seguramente puedas necesitar ayuda más personalizada. Para ello, te recomiendo que acudas a alguno de nuestros expertos de nuestro listado de asesores próximos a tu localidad.
Un saludo.
Fernando
Buenas tardes, Ricardo:
Es una pena que la empresa se haya aprovechado de ti de esa manera.
En caso de que Inspección de Trabajo no vaya más lejos, ciertamente te queda la posibilidad de demandar en el Juzgado de lo Social.
Te dejo un enlace sobre cómo denunciar a una empresa por tener trabajadores sin asegurar que te puede ayudar a saber cómo actuar.
También puedes acudir a un experto próximo a tu localidad que te ayude en el proceso.
Saludos.
Fernando
Buenas tardes, Carmen:
Si vas a ser la titular del negocio, a realizar labores de dirección o administración de la sociedad, o a trabajar en esa actividad por cuenta propia, sí que vas a tener que darte de alta en el Régimen Especial de Autónomos de la Seguridad Social.
Aunque desempeñes otro trabajo en un régimen distinto de la S.S. (como por ejemplo en Régimen General), deberás también cotizar, con carácter general, como trabajadora autónoma por esta actividad de apartamentos turísticos rurales.
Un saludo.
Fernando
Buenas tardes, Irene:
A la hora de montar un negocio es importante que observes la diversa normativa que vas a necesitar para obtener la licencia de tu actividad de camping.
La normativa sobre distancia mínima del mar lo regula la Ley 2/2013, de 29 de mayo, de protección y uso sostenible del litoral y de modificación de la Ley 22/1988, de 28 de julio, de Costas.
Sobre los campings de la Comunidad Valenciana existe regulación propia en el Decreto 6/2015 para campings y áreas pernocta en tránsito autocaravanas.
Pueden existir también otras limitaciones a nivel local, que deberás consultar en tu ayuntamiento.
Si necesitas ayuda profesional más específica para la apertura de tu negocio, puedes acudir a nuestro registro de asesorías en tu comunidad.
Un saludo.
Fernando
Buenas tardes:
Entre los requisitos para el acceso al subsidio para mayores de 52 años está el haber cotizado al menos 15 años a la Seguridad Social, de los cuales 2 entre los últimos 15, y tener como mínimo 6 años de cotizaciones por desempleo en el régimen general.
Habría que ver detalladamente el alcance y contenido del convenio iberoamericano aplicable en tu caso. Aunque es posible que únicamente compute el periodo cotizado en España.
Te recomiendo, no obstante, que plantees tu caso directamente en las oficinas del SEPE o consultes con alguno de nuestros asesores próximos a tu localidad, de forma que pueda estudiar tu caso de forma más concreta.
Un saludo.
Fernando
Buenas tardes, Anonymous:
Nos alegra que te resulte interesante nuestro artículo!
En cuanto a la cita en formato APA, decir que todos nuestros artículos pertenecen a Asesorías.com y ese en concreto se elaboró en el año 2019.
Saludos cordiales!
Fernando
Buenos días, Sergio:
Aunque ha habido rumores de modificar el Estatuto de Trabajadores Económicamente Dependientes, por el momento no ha habido ningún cambio.
Para ser considerado TRADE los requisitos son: ser trabajador por cuenta propia, y realizar una actividad económica para una tercera persona de la que perciba al menos el 75% de sus ingresos. Cumpliendo esas premisas, no debería haber ningún problema.
Puedes consultar nuestro artículo sobre los autónomos económicamente dependientes en este enlace.
Un saludo.
Fernando
Hola, Ángel:
A lo largo de los últimos meses, el Partido Socialista y Podemos han expresado su intención de reducir al 95% la exención del 100% en la doble imposición de dividendos de filiales extranjeras de empresas españolas.
Pero, por el momento no se ha producido ningún cambio legal, por lo que la situación continúa como en 2019.
Un saludo.